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El Supremo da la razón al Arzobispado de Valencia frente a los apóstatas

La sección sexta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha decidido admitir el recurso del Arzobispado de Valencia y anular una resolución de la Agencia de Protección de Datos que le obligaba a realizar una anotación marginal en la partida de bautismo de un ciudadano que había pedido cancelar su incripción. La sala entiende que los libros de bautismo no pueden ser considerados "en ningún caso" ficheros por lo que no están sujetos a la legislación en materia de protección de datos. Más información en Las Provincias.

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